Con la reciente resolución del uso y comercialización de cigarrillos electrónicos en Venezuela, más países del continente adoptaron medidas y reabrieron el debate sobre estos productos.
En junio de este año, el Ministerio del Poder Popular para la Salud de Venezuela decidió prohibir la venta de vapeadores a menores de edad. Posteriormente, el primero de agosto, la restricción se amplió para abarcar la fabricación, almacenamiento, comercialización, consumo, publicidad y patrocinio de dispositivos que suministran nicotina (SEAN), sistemas similares sin nicotina (SSSN), y productos de tabaco calentado (PTC), una reciente alternativa que calienta el tabaco para desprender la nicotina, pero que emite aerosoles con nicotina y otras sustancias tóxicas para el consumidor.
El dato
El 11,3 % de los adolescentes de la región consume tabaco, en contraste con el promedio mundial de 10,3 %.
Argentina, Brasil, México, Nicaragua, Panamá, Surinam y Uruguay se alinearon el pasado 25 de agosto a aplicar la resolución venezolana con el Convenio Marco para el Control del Tabaco (CMCT). Este tratado busca disminuir el consumo de sustancias adictivas desde la reducción de la demanda y vigilancia en el suministro (distribución y comercialización), promoviendo la protección de la salud de la población de los productos novedosos de tabaco.
En la actualidad, 21 países del continente, incluyendo a los ocho mencionados, tienen diversas regulaciones para los sistemas electrónicos de administración de nicotina (SEAN), incluyendo cigarrillos electrónicos y vapeadores.
El cigarrillo electrónico, también conocido como vapeador, es un dispositivo diseñado para calentar líquidos y generar vapor que el usuario inhala. Aunque su estrategia publicitaria lo ha presentado como una alternativa menos perjudicial que el cigarrillo tradicional, la afirmación carece de respaldo científico, según la Organización Mundial de la Salud (OMS). Por su parte, el neumólogo de Colsanitas Andrés Caballero explica que “su utilización podría conllevar riesgos para el desarrollo del cerebro adolescente, deterioros cognitivos y diversas consecuencias en la salud respiratoria y cardiovascular”.
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¿Qué pasa en Colombia con estos dispositivos?
A pesar de los debates que han surgido en el país, actualmente se encuentra en proceso un proyecto de ley que tiene pendientes sus últimas discusiones en el congreso. Aún no se ha establecido una regulación específica que incluya la comercialización y el uso de estos dispositivos, ni se ha desarrollado una estrategia integral que considere el panorama actual de este asunto.
La única referencia legal al respecto en Colombia es la Ley 1335 de 2009, que busca prevenir daños a la salud de los menores de edad, la población no fumadora y políticas para la prevención del consumo de tabaco, pero se queda corta en la regulación del uso de estos dispositivos y las nuevas formas de consumo y obtención de nicotina.
Medidas implementadas desde la investigación
La Organización Panamericana de la Salud (OPS) y la OMS instan a los gobiernos a implementar regulaciones acordes con las directrices del CMCT. Esto implica evaluar el impacto y elaborar estrategias que aborden los procesos que involucran la comercialización, utilización en espacios públicos y comportamiento de la población consumidora.
Las organizaciones de salud sugieren vigilar la publicidad y promoción, además de considerar la implementación de impuestos similares a los que se aplican al consumo tabaco. Esto se debe a la cantidad creciente de marcas y sus derivados en el mercado, y la influencia de multinacionales en el proceso, que pueden obstaculizar el avance de las investigaciones en el campo. Por eso, Natalia Londoño, neumóloga de Colsanitas, explica en el artículo Cuidado con los cigarrillos electrónicos y los vapeadores que todavía se requiere una definición precisa de las posibles enfermedades que podrían surgir como resultado del consumo de estos dispositivos, así como su potencial impacto en la salud de los consumidores y sus personas cercanas.
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