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Mascotas

Mascotas en custodia compartida

Cada vez es más común que las parejas establezcan acuerdos para compartir al perro que adoptaron, durante la relación o cuando esta se termina. Cada vez es menos común que las parejas decidan tener hijos humanos. Una tendencia que se explica a partir de otra: las formas en que se ha decidido convivir sexoafectivamente. La gama de posibilidades se ha ampliado, lo que invita a dialogar sobre una serie de particularidades que antes se daban por sentado. Se habla todo. Precisamente porque se está en un momento de tránsito en el que la tradición resulta insuficiente y las parejas contemporáneas deben inventar sus propias reglas. Se busca un propósito diferente al de únicamente reproducirse y echar raíces. Algo que reta al sistema jurídico, que sigue privilegiando a las relaciones binarias, y que descuida, entre otras, a las familias interespecie. 

No son niños humanos, por lo que su adiestramiento no debe ser antropomorfo. Esto encarna una forma de violentar su sensibilidad, una muy parecida a la de un padre proyectando sus frustraciones en sus hijos. Para Mario, fundador de la guardería Spot, lo más conveniente es que el animal de compañía se quede con uno de sus criadores. Así se evita el estrés de estarlo cambiando de rutina o de convertirlo en un instrumento en contra de alguien. Pero en caso de tomar la decisión de compartirlo, lo ideal es que la mascota tenga casi la misma rutina en ambas casas. Y, advierte: “hay casos en que ninguno de los dos desea adquirir la responsabilidad, por lo que el perro termina abandonado”. 

Un camino sinuoso y largo, como casi cualquier disputa legal. Afortunadamente, no hay mejor arbitrio que el diálogo. Por supuesto, todo intento de conciliación puede llevar a acuerdos o a distanciamientos radicales. Y más si los hijos en disputa jalan, muerden, arañan y lamen. A los padres de Moscú, por ejemplo, les funciona compartir. Lo rotan de casa mensualmente. Esa es una forma de ayudarse, porque la crianza es una responsabilidad que agota, que ocupa. “Fue una decisión de mutuo acuerdo”, dice la madre, “la tomamos los dos hablando muy tranquilos. Nos dijimos que nos íbamos a cuidar, que íbamos a intentar acabar las cosas con el menor daño posible”. 

O puede que no haga bien compartir. Proserpina y Amalia no le ronronean a su madre desde hace cuatro años. Ella tomó la decisión de alejarse de las gatas  y de una relación que no terminó de la mejor forma. A veces no conviene ser amigo del ex,  siquiera mantener el mínimo contacto. Entenderlo a tiempo también requiere de discernimiento y honestidad. Y cuatro patas pueden convertirse en un motivo para seguir reclamando algo que ya no tiene arreglo. 

Según un reportaje de France 24, en Bogotá hay más perros que humanos en Uruguay. Y es cierto, los animales han convivido con los seres humanos desde siempre, solo que hasta ahora se les comienza a reconocer como parte del núcleo familiar. Se les llama hijos, pero ¿podrían recibir una herencia? De hecho, para el marco jurídico colombiano siguen siendo cosas. En el Código Civil, en el artículo 655, se da esta definición: “Muebles son las que pueden transportarse de un lugar a otro, sea moviéndose ellas a sí mismas como los animales (que por eso se llaman semovientes), sea que sólo se muevan por una fuerza externa, como las cosas inanimadas”. Definición que avala la visión de la naturaleza como un escenario explotable y que deja a las familias interespecie sin una figura reglamentada como la de la custodia compartida u otros derechos y responsabilidades. Algo que debería reconsiderarse, sobre todo, por quienes quedan en el medio. 

Hasta ahora, casi todo esfuerzo por proteger a la naturaleza parte del beneficio humano. La sentencia T 622-201 protegió la cuenca del río Atrato argumentando que, en la medida en que un cuerpo de agua desaparece, varios de nuestros derechos fundamentales se afectan. El de la salud, por decir lo menos. Lo que sirvió de base para que la Amazonía fuera reconocida como sujeto de derecho en la sentencia STC 4360-2018 de la Corte Suprema de Justicia. Aunque hay indicios de que el enfoque argumentativo se está transformando. Por ejemplo, la sentencia SU 0-16 de 2020 reconoció al oso Chucho como un ser sintiente e independiente de su valor ecosistémico, lo cual permitió a las autoridades liberarlo del circo donde lo tenían. 
Quizás se trate de seguir esa senda. Desde esa mirada además podría promoverse otra relación con la naturaleza y un marco de responsabilidades para todas las familias interespecie. Uno que no solo responda a los caprichos de los padres —como en esos videos de TikTok en el que cada quien sale a correr por su lado a ver por quién se decide el perrito—. Por el momento, ante una eventual separación, los dueños de una mascota tienen que negociar o esperar a que un juez divida sus bienes. Este, incluso, puede denominar un secuestro que embargue a los descendientes en disputa mientras se dicta la sentencia. Aún queda por discutir si quienes conviven con plantas caben dentro de la categoría de familia interespecie, en cuyo caso sería más sencillo a la hora de una eventual separación: si algo se le saca un piecito. Los mamíferos domésticos, por lo pronto, no se pueden cortar a la mitad como un hot dog.