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Adopción

Adopción, la ruta que conduce a un acto de amor infinito

Esta es una guía que construimos con el apoyo de la psicóloga jurídica y forense Claudia Pinzón, adscrita a la Subdirección de Adopciones del ICBF, para quienes están pensando en establecer un nexo indisoluble con niños, niñas o adolescentes que están a la espera de una familia que les ame y proteja.

Paso 1: 

Después de tomar la decisión de adoptar a un hijo o hija, la primera tarea es ubicar el Centro Zonal del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar más próximo al lugar de residencia de los aspirantes. En Colombia hay 33 Direcciones Regionales del ICBF (una correspondiente a cada departamento más uno adicional en Bogotá) y 206 Centros Zonales adscritos a esas direcciones. 

Definido el lugar donde se realizará el trámite, hay que radicar la solicitud de adopción de los interesados. Y, enseguida, agendar cita para la Charla Legal Informativa sobre la adopción, a la cual deberán asistir los dos solicitantes, si se trata de una pareja. 

Así inicia la fase de preparación que pretende ayudar a los aspirantes a definir si la llegada del hijo o hija en adopción se alinea con su proyecto de vida y si están dadas las condiciones dentro del seno familiar para asumir esa responsabilidad.

Paso 2: 

Los solicitantes deben radicar los documentos que se exigen dependiendo de cada caso, teniendo en cuenta que los requisitos comunes a todos los solicitantes son: Ser plenamente capaces, tener mínimo 25 años cumplidos, demostrar la idoneidad física, mental, moral y social suficiente para ofrecerle una familia adecuada y estable a un menor de 18 años, y tener al menos 15 años más que el adoptable. 

Adicionalmente, la institución exige consignar en el Centro Zonal otros requisitos como: certificado médico, constancias laborales, certificados de antecedentes judiciales y policivos, el formato único de solicitud de adopción, el registro civil de nacimiento de los solicitantes y la declaración de bienes y rentas. Luego el defensor de familia les comunica a los aspirantes si la solicitud es aceptada o rechazada. En caso de que sea rechazada, las personas solicitantes disponen de 30 días para subsanar las inconformidades, de lo contrario se considera un desistimiento tácito.

El trámite de adopción ante el ICBF es gratuito.

Paso 3: 

Una vez aceptada la solicitud, se da inicio al proceso de preparación y evaluación de idoneidad de los aspirantes, a través de talleres y entrevistas lideradas por el equipo psicosocial de la Defensoría de Familia. En este proceso surgen otras peticiones, como la narración escrita de la historia de vida de los solicitantes, la elaboración de un álbum familiar y la visita domiciliaria que realizan funcionarios del ICBF.

Paso 4: 

Los documentos, la solicitud de adopción y los informes del equipo psicosocial se presentan ante el Comité de Adopciones de la Dirección Regional del ICBF. Se trata del órgano encargado de declarar la idoneidad de las personas solicitantes, el cual está integrado por el director regional del ICBF, el secretario del comité de adopción, y dos profesionales de psicología y trabajo social. 

Cada Dirección Regional tiene su modelo operativo, que responde a la realidad local y a condiciones demográficas particulares. Sin embargo, lo usual es que el Comité de Adopciones sesione cada semana y emita las consideraciones sobre la idoneidad de las familias solicitantes. En caso de ser negativa la declaratoria de idoneidad, los aspirantes tienen opción de presentar un recurso de apelación. Si no lo hacen se considera que han desistido.

Pero en caso de ser positivo el dictamen, los solicitantes ingresan a la lista de espera para ser asignadas a un niño o una niña, teniendo en consideración estas normas: 

Si los solicitantes tienen edades entre los 25 y 45 años, pueden ser asignados como padres adoptivos a niños entre 0 y 4 años de edad. Si tienen más de 46 años de edad, serán asignados a niños que tengan más de 5 años.

Las familias aspirantes pueden desistir en cualquier momento del proceso sin que eso las inhabilite para retomar más adelante el trámite.

Paso 5:

 El ICBF realiza el análisis de las duplas (aspirante y adoptable) y asigna una familia solicitante a un niño, niña o adolescente que ha sido previamente declarado en condición de adoptabilidad. A la familia se le informa sobre la historia de vida y las condiciones de salud del menor. Los aspirantes tienen 10 días hábiles para manifestar formalmente su aceptación. En caso de que la rechacen, deben argumentar las razones y esperar una nueva asignación, por parte del Comité de Adopciones.

Paso 6: 

En cuanto se tiene resuelta la dupla, comienza una etapa de preparación para el encuentro entre adoptante y adoptable. El equipo del Bienestar Familiar facilita elementos para que el niño o la niña vaya conociendo a su nueva familia, a través de fotos, relatos, obsequios y videos. Y a la familia se le va informando del proceso. Finalmente, se organiza la reunión en la que se conocerán personalmente, y se espera que sea un momento íntimo y emotivo. Una vez verificada la integración, entonces el ICBF emite el acta de entrega del menor y así termina la etapa administrativa.

Si la persona aspirante a adoptar queda en estado de embarazo durante el trámite, ocurre un desestimiento automático del proceso, hasta después de un año del nacimiento del hijo biológico. Luego las familias, si desean, pueden retomar la petición. 

Paso 7: 

Una vez que el ICBF ha hecho la asignación de la familia al menor adoptable y emite el acta de entrega, comienza la etapa judicial, en la cual los adoptantes deben nombrar un abogado apoderado para que haga las diligencias ante el Juzgado de Familia, de tal manera que el Estado reconozca el nuevo nexo filial entre padres e hijo o hija. El juez dispone de 10 días hábiles para emitir la sentencia. Y con ese documento de carácter legal, la familia solicita la emisión de un nuevo Registro Civil en el que el niño o niña tendrá los apellidos de la familia adoptante y adquirirá todos los derechos de un hijo biológico.

Paso 8:

El ICBF tiene estipulada una etapa de seguimiento para cerciorarse de que se haya logrado una integración óptima entre los padres y el niño, la niña o el adolescente adoptado. Como máximo, al año de completar todo el proceso, un miembro del equipo de trabajadores sociales de la entidad hará una visita domiciliaria y emitirá un informe. 

P.D: El camino parece más largo de lo que es en verdad cuando el aspirante está enfocado en la meta. Los documentos que se exigen están al alcance de la gran mayoría, las entrevistas y talleres son momentos de gran aprendizaje y se coordinan agendas para no afectar los compromisos laborales. Cuando se hace lento el proceso, en alguna etapa, hay mecanismos para solicitar agilidad. 

Y después, si al llegar del trabajo su hijo o hija lo recibe en casa, se convencerá de que cualquier cosa que haya habido que hacer para vivir ese momento ha valido la pena.

No hay una tipología de familia privilegiada en el proceso. Tienen los mismos derechos las personas solteras, las parejas casadas, las parejas en libre convivencia o las homoparentales.

Karem Racines Arévalo

Es una periodista colombo-venezolana egresada de la Universidad Central de Venezuela. Llegó a Bogotá en 2011 para escapar de la confrontación política de su país. Después de vivir en la capital colombiana cinco años, decidió mudarse cerca del mar, que tanta falta le hacía, y desde hace dos años vive en Santa Marta. Es docente de periodismo en la Universidad del Magdalena y en la Sergio Arboleda. Es colaboradora frecuente de la revista Bienestar.